Condiciones Generales de Servicio

  1. Los bienes descritos en la presente son aceptados por TEASA en aparente buen estado (Excepto aclaración que se haga notar). Al consignar el envió el remitente acepta los términos y condiciones estipulados en las más recientes condiciones normales de comercialización de TEASA, cada uno de los cuales se considera incorporado y como una condición de cualquier acuerdo escrito entre TEASA y el remitente. Ningún agente empleado o representante de TEASA esta autorizado a alterar, modificar o descartar ninguna de las cláusulas de estas condiciones o de las mencionadas condiciones del servicio, la invalidez de cualquier cláusula del presente contrato, no afectara ninguna otra parte del mismo.
  2. TEASA solo transportara bienes que sean propiedad del remitente y el remitente afirma estar autorizado a aceptar estas condiciones no solo por si mismo, sino también como agente o por cuenta de otra persona que pueda posteriormente tener interés en los bienes. El remitente indemnizara a TEASA contra cualquier daño o gasto resultante de cualquier violación de esta garantía.
  3. TEASA no será responsable de ninguna perdida, daño, entrega errónea o falta de entrega que no sea causada por su propia negligencia; ni por ninguna perdida, daño, entrega errónea o falta de entrega causada por:
    1. Acto, falta u omisión del remitente, del destinatario o de alguna otra parte que alegue interés en el envió.
    2. La naturaleza del envió o por cualquier defecto característica o vicio inherente del mismo.
    3. Casofortuitoofuerzamayor.
    4. Actos u omisión de cualquier transportador u otras entidades o personas a las que
      TEASA consigne el envió para ser transportado, ya sea que el remitente lo haya o no solicitado o que tuviera o no conocimiento de un arreglo de esta índole para entregar por parte de un tercero.
    5. Daños no inherentes al envió o cualquier otra pérdida que surgiere por cualquier motivo, ya sea que TEASA haya o no tenido conocimiento que dichos daños podrían ocurrir incluyendo aunque no limitado a: Perdida de ganancias, ingresos, intereses, utilidad, valor de mercado.
    6. Por daños ocasionados en productos que no cumplan con las condiciones adecuadas de empaque que resguarde la mercadería.
  4. Aunque TEASA tratara de empeñar sus mejores esfuerzos para brindar una entrega expeditiva de acuerdo con programas regulares de entrega. TEASA no será responsable bajo ninguna circunstancia por daños causados por demoras en la recolección o entrega, transporte o entrega de ningún envió, sin importar cual fuere la causa de la demora.
  5. Debido a la naturaleza del servicio, la responsabilidad y cobertura del seguro de TEASA por robos, daños o derrames tanto totales o parciales por cada envio se limita al monto total de la pérdida o Q. 1,000.00 (mil quetzales exactos) el que sea menor. A petición del remitente al momento de entregar su envió al personero de TEASA y contra pago de los gastos adicionales que implique, se contratara el seguro por cuenta del remitente por un monto adicional de hasta Q. 150,000.00 (Ciento cincuenta mil Quetzales Exactos). La cobertura del seguro se regirá por todos los términos y condiciones contenidos en la póliza del seguro emitida por el asegurador y TEASA en ningún caso será responsable de dicha cobertura. Los daños emergentes y pérdidas o daños resultantes por demoras en el transporte no son cubiertos por ninguna póliza de seguro de esta índole. Cualquier deducible o gasto adicional que ocasione el reembolso de cualquier perdida será pagado por el beneficiario del seguro.
  6. La omisión de entrega o cualquier otro reclamo debe ser informado por escrito a TEASA en sus oficinas centrales en un término no mayor de treinta días calendario contado a partir de la fecha de emisión de la guía. TEASA no aceptara reclamos fuera del tiempo establecido. Sin perjuicio de todo lo que antecede, no se considera reclamo por daño, falta o por omisión de entrega hasta que todos los gastos del servicio hayan sido pagados.
  7. TEASA no acepta por ningún motivo:
    1. Materiales peligrosos, combustibles o explosivos.
    2. Joyas, metales o piedras preciosas, dinero, títulos o instrumentos negociables, tarjetas telefónicas al portador, monedas, estampillas postales o fiscales no canceladas, cheques de caja o gerencia, antigüedades.
    3. Animales, plantas,  productos perecederos.
    4. Productos o artículos restringidos por la ley. A pesar de lo anterior, TEASA podrá recibir con o sin conocimiento previo, cualquiera de los artículos descritos anteriormente, sin asumir ninguna responsabilidad por la perdida, deterioro u otro defecto que pueda resultar como consecuencia de su transportación y manejo.
  8. Excepto que se indique específicamente en este contrato, la entrega de los bienes se efectuará solamente en la dirección estipulada en esta guía, en el recuadro del destinatario.
  9. TEASA no asume obligación alguna para despachar los bienes por ningún transportador específico o por rutas especificadas o por hacer conexión en ningún punto especifico según un programa determinado y TEASA queda autorizado por la presente a elegir o desviarse de las rutas de embarque establecidas de acuerdo a su conveniencia, aunque las mismas se indicaran al frente del presente.
  10. El remitente afirma que el envió esta embalado y sellado para proteger su contenido y para garantizar su transporte mediante métodos comunes de manipuleo y que cada paquete esta correctamente etiquetado y esta en condiciones adecuadas para su transportación, cualquier daño ocasionado por el mal embalaje exime de toda responsabilidad a TEASA.
  11. TEASA asume que el remitente esta enviando la mercadería que el ha declarado en la guía. Si existiera alguna duda sobre el contenido de su envió, TEASA se reserva el derecho de no trasportarlo o verificarlo previo a su transportación.
  12. TEASA no se responsabiliza por envíos entregados por el remitente a personas ajenas que en forma mal intencionada utilicen su nombre, ya que para ello sus empleados se identifican con su respectivo uniforme y carnet.
  13. TEASA no posee bodegas de almacenamiento, y por tanto cualquier envió que permanezca mas de setenta y dos horas en sus bodegas por negligencia del destinatario, del remitente o cualquier otra parte que alegue interés en el envió, estará sujeto a un cobro adicional por el espacio y tiempo extra que dichos envíos ocupen en nuestras bodegas. Si un envió estuviera más de sesenta días en nuestras bodegas sin ser reclamado, TEASA podrá disponer de la mercadería de la forma que mas le convenga.

     

  14. Toda la papelería que compruebe el servicio prestado estará disponible para cualquier información que solicite el contratante, durante un periodo de tres meses contados a partir de la fecha de emisión de la guía, TEASA no aceptara ningún reclamo de comprobantes de entrega después de terminado dicho plazo.
  15. TEASA no es transportador común y solo transportara bienes sujetos a estas condiciones.
  16. El remitente acepta, que en caso de surgir cualquier conflicto judicial con ocasión de la interpretación de este contrato, renunciar al fuero de su domicilio y se somete a la jurisdicción de la ciudad de Guatemala.